lunes, 7 de marzo de 2011

PLAN CONCILIA

El Plan Concilia contiene las medidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
            Los beneficios contemplados en este Plan son de aplicación únicamente a los funcionarios de AGE. Este acuerdo dispone que por el Ministerio de Administraciones Públicas se impulsaran las medidas de carácter legislativo, reglamentario y otras que resulten procedentes.
            Las medidas del Plan Concilia que no han sido incorporadas al EBEP, pero se continúan aplicando a los funcionarios del Estado, son las siguientes:
  • Modificación del horario fijo en un máximo de 2 horas por la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y en casos de familias mono-parentales.
  • Los empleados públicos que tengan hijos con discapacitación tendrán 2 horas de flexibilidad horaria diaria a fin de conciliar los horarios de los centros de educación especial con los horarios de los puestos de trabajo.
  • Los empleados públicos que tengan hijos con discapacitación tendrán derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para asistir a reuniones de coordinación de su centro de educación social.
  • Los empleados públicos tendrán derecho a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación asistida.

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